Continua el acoso judicial contra La Noticia Ciudadana y otros medios informativos.

0
340

Continua el acoso judicial contra La Noticia Ciudadana y otros medios informativos.

Mérida, Yucatán, México a 12/04/22.- Esta tarde campaña global por la libertad de expresión artículo 19 dio a conocer por medio de una alarta el acoso judicial que han venido ejerciendo la fiscalía general del estado de Yucatán y el poder judicial sobre La Noticia Ciudadana y otros medios informativos.

EL PODER JUDICIAL, FISCALÍA DE YUCATÁN Y EXFUNCIONARIA MANTIENEN ACOSO JUDICIAL Y AMENAZA CON SANCIONAR A PERIODISTAS

El día 11 de abril, la Jueza de Control del Primer departamento Judicial del Estado de Yucatán, la Fiscalía General del Estado de Yucatán y la ex Subsecretaria de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, Leticia Noemí del Socorro García Maldonado,nuevamente acosaron judicialmente y criminalizaron a periodistas en Yucatán.

A través de un oficio derivado de la carpeta de investigación D1/1344/2020, la Fiscalía informa que: en atención a lo ordenado por la Licenciada en Derecho Blanca Beatriz Bonilla González, Juez de Control del Primer departamento Judicial del Estado…en audiencia de fecha 7 siete de abril del año 2022, en la cual ordena a esta Autoridad realice las gestiones necesarias y orde (sic) a los medios de comunicación CAMBIO DEL SURESTE, GRILLO DE YUCATÁN, INFOLLITERAS, NOTICIAS AL PUNTO, YUCATÁN AL SEGUNDO Y LA NOTICIA CIUDADANA que bajen y eliminen las notas relativas a la REVOCACIÓN DE LA JUBILACIÓN DE LA CIUDADANA LETICIA NOEMI, así como las relativas al oficio número ISS/SPGF/05/2391/19 de fecha 08 de noviembre del año 2019 referente a la REVOCACIÓN DE LA PENSIÓN A LA CIUDADANA LETICIA NOEMI DEL SOCORRO GARCÍA MALDONADO…

El oficio también advierte que los medios deberán cumplir con dicha orden en un plazo de 24 horas contadas a partir de recibido el oficio, mismo que les hicieron llegar vía correo electrónico, apercibiendo: que en caso de hacer caso omiso a la presente (oficio), podrá hacerse acreedor de una de las sanciones que estipula el artículo 104 del código nacional de procedimientos penales.

El artículo de referencia faculta al Ministerio Público para imponer medidas de apremio que pueden ser desde una amonestación, multa, auxilio de la fuerza pública o arresto hasta por 36 horas.

Cabe destacar que las notas a las que hace referencia el oficio se tratan de asuntos de interés público pues se relacionan con posibles actos de corrupción cometidos por la ex funcionaria. Por otro lado, la Fiscalía no justifica la necesidad de imponer tal medida, por lo que resulta una medida arbitraria y desproporcionada que atenta contra el derecho a la libertad de expresión de la prensa, así como contra el derecho a la información de la ciudadanía.

Esta no es la primera ocasión que la Fiscalía toma este tipo de medidas. El pasado 8 de octubre de 2020, ARTICLE 19 denunció que Bigman -periodista independiente y director general de la Noticia Ciudadana– y Maru Luján -directora general del Noticia al Punto-, fueron víctimas de criminalización y acoso judicial cuando la misma ex funcionaria presentó una denuncia ante dicha instancia contra quien resulte responsable por la publicación de la nota periodística Revocan su jubilación “dorada” a exfuncionaria luego de investigaciones del subsistema estatal anticorrupción.

En esa ocasión, la Unidad de investigación y litigación en delitos comunes solicitó a dichos medios de comunicación que informen quién autorizó que se suba la información relativa a la nota periodística de fecha 02 de febrero del año 2020 denominada Revocan su jubilación “dorada” a exfuncionaria luego de investigaciones del subsistema estatal anticorrupción. así como que proporcione el nombre del periodista responsable.

ARTICLE 19 encuentra preocupante que, frente a un contexto de violencia grave contra la prensa derivado de su ejercicio de libertad de expresión, la Fiscalía local insista en silenciar a la prensa y mantener procesos judiciales como represalia, mismas que implican cargas desproporcionadas a las y los periodistas, principalmente cuando las contrapartes son personas funcionarias públicas o personas con proyección pública.

Por ello, ARTICLE 19, llama nuevamente a la Fiscalía General del Estado de Yucatán y al Poder Judicial de dich entidad, particularmente a la Jueza de Control del Primer departamento Judicial del Estado de Yucatán a cesar cualquier acción que criminalice e inhiba el ejercicio de libertad de expresión y que impida el ejercicio pleno del derecho a la información de la sociedad. Asimismo, se les insta a retomar los más altos estándares en la materia, cumpliendo con las obligaciones de respeto y protección de los derechos humanos.

También, insta a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán para actuar conforme a sus facultades e iniciar la queja correspondiente por el acoso judicial ejercido contra los medios de comunicación en detrimento de su labor.

Finalmente, llama al Mecanismo de Protección a impulsar acciones para prevenir que estas amenazas de acciones legales se puedan materializar contra las y los periodistas que dirigen los medios de comunicación señalados, toda vez que son personas beneficiarias de dicho Mecanismo.

Redes Sociales ...