¿CEMAA Y UPA CRIMINAL ESCUADRÓN DEL TERROR?

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  1. ¿CEMAA Y UPA CRIMINAL ESCUADRÓN DEL TERROR?

 

Presuntos novios de Raúl Escalante Aguilar serían los encargado de cobrar extorsion justificada como multas a ciudadanos bajo amenazas de denunciarlos por maltrato animal llevandose mascotas, perros y gatos comunitarios vacunados, desparasitados y esterilizados que posteriormente son exterminados no obstante de que hayan recibido las cantidades exigidas.

 

 

 

Mérida Yucatán México a 23/10/2026-. Cada día surgen más testimonios de ciudadanos y trabajadores del ayuntamiento de Mérida que describen en sus relatos una campaña de exterminio animal sin regulación, sin transparencia, transgresora de leyes, normas y reglamento que aseguran está siendo usada para recaudar dinero mediante multas aplicadas al viejo estilo del crimen organizado.

 

Ciudadanos aseguran que algunos de los casos son problemas originados por conflictos vecinales que incluso fuereños provenientes de otras latitudes de México y extranjeros a quienes no les gustan los animales llaman a la Ayuntatel (Unidad de Protección Animal – UPA) a los números 070 o al (999) 924 4000 para hacer reportes falsos de maltrato animal.

 

Así es como llega a las puertas de los domicilios de los ciudadanos denunciados un sujeto identificado en el ayuntamiento de Mérida como Gerardo quien presumiblemente es pareja sentimental de Raúl Escalante Aguilar, este personaje llega a exigir que los usuarios paguen una multa por $2,700 hasta $30,000 presunto maltrato animal, llevandose a los animales protegidos por comités vecinales que son reconocidos según el Reglamento para la Protección de la Fauna en el Municipio de Mérida vigente desde el 21 de diciembre de 2022. Según lo establece en su artículo 2, Fracción IV, la mayoría de estos animales comunitarios son ultimados bajo dictamen presumiblemente amañado de la Médico Veterinaria Zootecnista Dulce Abigail Vivas Matos, y los dos novios del Raúl Fernando Escalante Aguilar, Director de la Unidad de Medio Ambiente y Bienestar Animal,

Gerardo Cáceres Esquivel Jefe de Salud Animal y otro al que apodan con sarcasmo en el Ayuntamiento de Mérida con el mote de “Gerardito chacalito”

 

¿CUAL ES EL DESTINO DE ESTOS ANIMALES ULTIMADOS POR LA CEMAA Y UPA?

 

Testimonios de trabajadores de esas dependencias del gobierno municipal de Cecilia Patrón Laviada aseguran que muchos de los cuerpos son llevados a las instalaciones de Servilimpia ubicadas en Carretera Mérida Chalmuch Tablaje Catastral 25904, 97314 Mérida, Yuc cargo de José Gerardo Bolio de Ocampo.

 

Otros cuerpos son llevados a los zoológicos de Mérida para la alimentación de felinos grandes y cocodrilo.

 

Otra parte es llevada a un crematorio de mascotas ubicado en la colonia Cuauhtémoc de Kanasín Yucatán.

 

Una parte de animales sin sacrificar son vendidos a practicantes de religiones obscuras para sacrificar a sus deidades malignas.

 

LOS ABUSOS DE CEMAA Y UPA DISFRAZADOS DE PROTOCOLOS AMBIENTALES Y PROTECCIÓN ANIMAL.

 

Testigos víctimas de robo de estas instalaciones Municipales de Mérida Yucatán han contactado a este medio de comunicación para informa una grave anomalía que ella es delitos posiblemente robo, ya que dichas instituciones se han llevado de las comisarías meridanas vacas, caballos, borregos, conejos cerdos, aves de corral como pavos, gallinas, palomas y venados, zorros, zariguellas, boas, cocodrilos, loros y otros animales silvestres protegidos por las leyes federales rescatados por pobladores mismos que una vez que son subidos a los vehículos de estas depencias del gobierno municipal, no dan información de que hacen con ellos.

 

PRESUNTOS ACTOS SEXUALES INAPROPIADOS LLEVADOS ALCABO EN CEMAA Y UPA.

 

Información filtrada a este medio informativo por trabajadores del Ayuntamiento de Mérida que se compone de videos y fotografías en las que Raúl Fernando Escalante Aguilar da rienda suelta a sus bajas pasiones con otros hombres en instalaciones públicas y en horario de trabajo ponen en entredicho al Ayuntamiento panista de Mérida que permite estos actos que son reflejo de seres humanos sin ética ni respeto, actos que contravienen la ley de gobierno de los municipios del estado de Yucatán.

 

Actos que por cierto si se tratara de servidores públicos de otro partido opuesto al PAN ya estuvieran las fanáticas religiosas con sus rosarios en la mano protestando en las puertas de CEMAA Y UPA por algo dice un dicho que “son las heces fecales ajenas las que apestan y no las propias” no cabe duda que los panistas son incongruentes entre lo que dicen y lo que hacen, pero se les olvida que la ley la tienen que cumplir como empleados del pueblo que son.

 

¿QUE DICE LA LEY DE GOBIERNO DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE YUCATÁN?

 

¿Quiénes son sujetos de responsabilidad?

– Art. 203 a 207: Todos los servidores públicos del municipio, sea por elección, nombramiento o contrato. Incluye Presidente Municipal, Regidores, Síndico, Tesorero, Directores, y todo el personal de CEMAA, UPA, Servilimpia, etc.

 

2. Obligaciones principales que deben cumplir – Art. 208 y 209:

Tienen que:

– Cumplir con máxima diligencia el servicio encomendado

– Abstenerse de cualquier acto que cause suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido del cargo

– Observar buena conducta, tratando con respeto, diligencia, imparcialidad y rectitud a las personas

– Tratar con decencia a subalternos y respetar a superiores

– Custodiar y cuidar documentación oficial

– Utilizar los recursos solo para los fines que están asignados

 

3. Faltas – Art. 219 a 223:

Se consideran infracciones:

– El incumplimiento de esas obligaciones

– El abuso de funciones

– Actuar con prepotencia, acoso o trato indigno a ciudadanos

– Omitir la prestación del servicio o prestarlo de forma deficiente

 

4. Cómo se denuncia – Art. 212 y 213: De la Denuncia Popular

– Cualquier ciudadano puede presentar denuncia por escrito ante la Contraloría Interna Municipal o el Síndico.

– Debe llevar: nombre y domicilio del denunciante, hechos denunciados, datos del servidor señalado y pruebas.

– Si es contra integrantes del Cabildo, se presenta ante el órgano de fiscalización del Congreso del Estado.

– La autoridad tiene 30 días naturales para decir si la admite o no. No admiten denuncias notoriamente improcedentes o de mala fe.

 

5. Cómo se sanciona – Art. 214 a 216: Del Procedimiento

– Art. 214: El procedimiento es autónomo. Si conocen una denuncia, deben turnarla a quien corresponda.

– Art. 215: Si es contra electos (Presidente, Regidores), lo sanciona el Congreso del Estado conforme a la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos de Yucatán.

– Art. 216: Si es contra funcionarios nombrados por el Cabildo, los sanciona el Cabildo, con este proceso:

I. Citan al probable responsable a audiencia de pruebas y alegatos, personalmente. Le dicen lugar, día, hora, qué se le imputa y su derecho a defensor y pruebas. Entre citación y audiencia deben pasar de 5 a 15 días hábiles. Si no va sin causa justificada, se tienen por ciertos los hechos.

II. En la audiencia se desahogan pruebas.

 

6. Sanciones – Art. 224 a 227:

Van desde amonestación, suspensión sin goce de sueldo, destitución e inhabilitación, además de dar vista al Ministerio Público si hay delito.

 

Y esto se complementa con la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Yucatán, que en su Art. 39 marca como faltas graves: cohecho, peculado, desvío de recursos, abuso de funciones, conflicto de interés, tráfico de influencias, etc.

 

Por: Redacción La Noticia Ciudadana

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